{"id":198,"date":"2009-10-05T01:36:05","date_gmt":"2009-10-05T01:36:05","guid":{"rendered":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/?p=198"},"modified":"2020-07-29T01:38:52","modified_gmt":"2020-07-29T01:38:52","slug":"la-terna-para-fiscal-general","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/2009\/10\/05\/la-terna-para-fiscal-general\/","title":{"rendered":"La terna para Fiscal General"},"content":{"rendered":"\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>\u201c\u2026 a diferencia de EE UU, la Constituci\u00f3n colombiana quiso darle al Fiscal General un marcado perfil de magistratura: al ubicar a la Fiscal\u00eda dentro de la Rama Judicial, parece pedirle que designe abogados de alta competencia t\u00e9cnica que puedan responder primariamente a los imperativos del Derecho\u201d<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>El impasse entre el Presidente de la Rep\u00fablica y la Corte Suprema de Justicia es, en realidad, un asunto de interpretaci\u00f3n constitucional de la mayor importancia: \u00bfcu\u00e1l debe ser el rol del Fiscal General de la Naci\u00f3n dentro del esquema de poderes en Colombia?<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan las dos interpretaciones que hay en este momento, el Fiscal General debe concebirse o como una especie de \u201ccuasi-ministro\u201d del gabinete del Presidente o como un \u201ccuasi-magistrado\u201d protegido por una fuerte capa de independencia institucional. La profesora Nancy Baker estudi\u00f3 este tema en el caso de EE UU. Seg\u00fan ella, los fiscales generales en ese pa\u00eds se han comportado alternativamente como \u201cabogados del Presidente\u201d o como \u201cagentes neutrales\u201d. Distintos presidentes de EE UU han utilizado alguno de los dos modelos con resultados divergentes en t\u00e9rminos de legitimidad pol\u00edtica y de eficiencia institucional.<\/p>\n\n\n\n<p>El \u201cfiscal-ministro\u201d se comporta como un agente directo del Presidente y expresa de forma m\u00e1s directa la pol\u00edtica criminal dise\u00f1ada desde el Ejecutivo. Dentro de esta teor\u00eda, el presidente Uribe ha afirmado que el motivo m\u00e1s importante para la elecci\u00f3n de la actual terna tiene que ver con la confianza que estos abogados le suscitan a la hora de coordinar con ellos la pol\u00edtica criminal. La Casa de Nari\u00f1o igualmente ha argumentado que estos abogados tienen el adecuado perfil administrativo para liderar la Fiscal\u00eda, reduciendo as\u00ed el papel t\u00e9cnico-penal que ese despacho tambi\u00e9n parece imponer. Seg\u00fan el Presidente, pues, los candidatos de la terna deben ser personas de toda su confianza, ya que ellos son una pieza esencial en la pol\u00edtica criminal, en la lucha antiterrorista y en la administraci\u00f3n de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Corte Suprema, de otro lado, el Fiscal General de la Naci\u00f3n se debe parecer m\u00e1s bien a un magistrado. Seg\u00fan esta interpretaci\u00f3n, el fiscal-magistrado le debe m\u00e1s fidelidad a la ley y al Derecho que a la coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal con el Presidente; sus habilidades administrativas son menos importantes que su capacidad t\u00e9cnica en derecho penal, ya que lo conciben, no tanto como el gerente de una instituci\u00f3n estatal, sino como el magistrado de instrucci\u00f3n que debe encargarse tambi\u00e9n de innumerables detalles t\u00e9cnicos en algunos procesos en que la ley se los encomienda directamente.<\/p>\n\n\n\n<p>En la experiencia del derecho comparado, este dilema se repite con frecuencia. Incluso en EE UU, donde el Fiscal General est\u00e1 claramente dentro del gabinete del Presidente, ha habido amargas experiencias con los fiscales-ministros. En la mitad del esc\u00e1ndalo de Watergate, el Senado de EE UU le exigi\u00f3 al presidente Nixon que la investigaci\u00f3n por las grabaciones ilegales hechas al Partido Dem\u00f3crata (que eran el hecho principal imputado al Presidente) ten\u00edan que ser encomendadas a un Fiscal General especial o ad hoc, dado que el titular no pod\u00eda ofrecer las suficientes garant\u00edas de imparcialidad y de legitimidad en el uso de la herramienta penal. Se nombr\u00f3 as\u00ed al profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Harvard Archibald Cox, para que iniciara de forma independiente las investigaciones contra Nixon y su entorno pol\u00edtico. Cuando el presidente Nixon se neg\u00f3 a entregarle las grabaciones hechas por la Casa Blanca al aguerrido e independiente Cox, Nixon le orden\u00f3 a su Fiscal General que lo despidiera de forma fulminante. En vez de lograr esto, el tiro le sali\u00f3 por la culata: el fiscal general Richardson renunci\u00f3 a su puesto, en evidente desacuerdo con la orden directa del Presidente y en solidaridad a la independencia del Fiscal ad hoc. Naci\u00f3 as\u00ed en EE UU la figura del Fiscal Especial, que debe ser nombrado en los casos en que se imputan delitos al Ejecutivo, al gabinete o a los miembros de la alta pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p>En la medida en que el presidente Uribe logre el nombramiento de su fiscal-ministro, ser\u00e1 inevitable el dise\u00f1o de un mecanismo de Fiscal\u00eda ad hoc, que logre dar confianza al pa\u00eds en los casos en que se requiere \u201cdesincronizar\u201d (y no sincronizar) a la Fiscal\u00eda con la pol\u00edtica criminal del Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfCu\u00e1l debe ser la respuesta correcta a este impasse? En primer lugar, la Casa de Nari\u00f1o debe entender que incluso aquellos fiscales que est\u00e1n constitucionalmente situados dentro del gabinete del Presidente deben garantizar ciertos niveles m\u00ednimos de legitimidad y neutralidad a toda la sociedad. La historia de Arturo Gonzales, el pen\u00faltimo Fiscal General de la administraci\u00f3n de Bush, es tambi\u00e9n enormemente ilustrativa de los peligros de la excesiva sincron\u00eda con el Presidente: el mismo Bush tuvo que aceptar la renuncia de su ministro, cuando se ventilaron alegaciones muy serias en el sentido en que este estaba impidiendo que fiscales bajo su mando llevaran a buen puerto investigaciones anticorrupci\u00f3n contra pol\u00edticos del partido republicano cuyo apoyo en las pr\u00f3ximas elecciones habr\u00eda de ser crucial.<\/p>\n\n\n\n<p>Este ejemplo muestra c\u00f3mo a veces la coordinaci\u00f3n partidista de la pol\u00edtica criminal entre el Ejecutivo y el Fiscal puede ser da\u00f1ina para la confianza institucional.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero a diferencia de EE UU, la Constituci\u00f3n colombiana quiso darle al Fiscal General un marcado perfil de magistratura: al ubicar a la Fiscal\u00eda dentro de la Rama Judicial, parece pedirle que designe abogados de alta competencia t\u00e9cnica que puedan responder primariamente a los imperativos del Derecho. Esto no excluye, \u00a1no faltaba m\u00e1s!, una adecuada coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal. La independencia judicial del Fiscal General colombiano, de otro lado, asegura que este tenga la capacidad suficiente de investigar y perseguir a los m\u00e1s poderosos, no solamente a los delincuentes de bagatela.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, cuando la Constituci\u00f3n le exige al presidente Uribe la nominaci\u00f3n de una terna, este deber tiene que ser realizado de buena fe: la pr\u00e1ctica constante de remitir a las entidades electoras ternas con un candidato muy fuerte y otros relativamente d\u00e9biles mina la confianza en el ejercicio de su discrecionalidad constitucional. Ternas anteriores han erosionado marcadamente esta discrecionalidad frente a la cual el Presidente exige ahora un respeto estricto. Seg\u00fan la Casa de Nari\u00f1o, sus ternas son impecables, porque todos los candidatos tienen los requisitos m\u00ednimos de ley; sin embargo, este argumento ya no esconde suficientemente ante la opini\u00f3n p\u00fablica la intenci\u00f3n del Presidente de nombrar a agentes directos en esos cargos, as\u00ed sea por las v\u00e1lidas razones de pol\u00edtica p\u00fablica que alega. El Presidente de la Rep\u00fablica puede ofrecernos a\u00fan buenas razones de pol\u00edtica p\u00fablica para nombrar un fiscal-ministro en ternas de un solo candidato, pero el pa\u00eds no tiene necesariamente que cre\u00e9rselas: es exactamente el lugar y momento en el que nos encontramos en la elecci\u00f3n del nuevo Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201c\u2026 a diferencia de EE UU, la Constituci\u00f3n colombiana quiso darle al Fiscal General un marcado perfil de magistratura: al ubicar a la Fiscal\u00eda dentro de la Rama Judicial, parece&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/198"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=198"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/198\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":199,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/198\/revisions\/199"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=198"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=198"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diegolopezmedina.net\/prensa\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=198"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}